Abogados de Inmigracion para Asilo Politico en Los Angeles California

Abogados de Inmigracion para Asilo Politico en Los Angeles California


¿Porque debería de aplicar para asilo?

Si usted cruzo la frontera y fue detenido por oficiales de deportación, asilo es el único beneficio disponible para poder parar su deportación. No hay ninguna otra forma o aplicación que usted podrá archivar para parar su deportación – ¡solamente asilo!

 

Para ganar un caso de asilo usted tiene que mostrar que el gobierno de su país estaba acosándolo, buscándolo para persecución o torturado por sus puntos de vista políticos/membresía en movimientos de oposición o membresía en un grupo social que ha sido victima de persecución del gobierno, como a los homosexuales o minorías indígenas o membresía en un grupo religioso perseguido.

 

Aunque la mayoridad de inmigrantes ilegales de El Salvador, Guatemala, Honduras o México puede mostrar que han sido victimas de un tipo de violencia en sus países, por lo general ellos son incapaces de comprobar que esa violencia fue infligida por el gobierno de su país basado en sus puntos de vista políticos, grupo social o membresía religiosa. La mayoridad de alicantes de El Salvador, Guatemala, México, Honduras y otros países latinoamericanos reclaman ser victimas de crímenes violentos y extorción por pandillas, o victimas de violencia domestica que no puede ayudarles ganar casos de asilo. En otras palabras, no hay asilo para victimas de crimen, solamente hay asilo para víctimas de persecución política.

 

Sin embargo, un caso de asilo aun es el único caso que se puede aplicar para parar una deportación así que no tienen ninguna otra opción más que solicitar asilo.

 

 

¿Como puedo parar una deportación aplicando por asilo, a pesar del abuso de mis derechos por oficiales de deportación?

Primeramente, ¡es importante que no firme su propia deportación! Desafortunadamente hay muchos oficiales de deportación malos que abusan los derechos de personas detenidas usando intimidación para hacerlos firmar sus deportaciones.

 

Típicamente, oficiales de deportación dicen al detenido que si el/ella no firman el documento que dice que ellos desean regresar a su país voluntariamente, ellos tendrán que esperar su próxima cita en la cárcel por muchos meses y que contratando un abogado de inmigración es una pérdida de dinero porque serán deportados de todas maneras. Es importante que sepan personas detenidas que ellos tienen derecho de contratar un abogado de inmigración y que ellos tienen derecho de no obedecer las instrucciones abusivas de oficiales de deportación. Detenidos siempre deben de insistir en obtener su día en corte de inmigración y ver un juez de inmigración.


¿Cómo funciona el proceso de la entrevista creíble? ¿De cual manera los oficiales de deportación abusan los derechos de los detenidos durante este proceso? ¿Como puede el detenido resistir el abuso de los oficiales de deportación?

Hay un proceso llamado, “procedimientos de miedo creíble” para inmigrantes ilegales detenidos después de cruzar la frontera. Antes que un detenido pueda ser liberado bajo fianza para continuar con su caso de asilo en la corte de inmigración, el detenido debe de pasar por una entrevista para explicar porque el o ella tiene miedo regresar a su país. Este es el primer paso para solicitar el asilo en los Estados Unidos. En cuanto un detenido pida por su entrevista de miedo creíble, el proceso de deportación se congela hasta que se obtengan los resultados de la entrevista de miedo creíble.
 

En este punto, es importante consultar con un abogado para aprender las reglas y requisitos para asilo. Aunque el abogado del inmigrante prósperamente solicita una entrevista de miedo creíble y después que le den la fecha de la cita, algunos oficiales de deportación abusivos continúan intentando de sabotear el proceso de entrevista con llamar a la oficina del abogado sin previo aviso para que el abogado sea disponible inmediatamente para representación por teléfono. En muchas ocasiones el abogado puede estar en corte y no estará disponible inmediatamente – ya que no se dio aviso previo de esta entrevista creíble y fue hecho así por el oficial de deportación al propósito. Cuando el abogado no esta disponible el oficial le dice al detenido: “Ya ves – tu abogado no esta disponible – yo te dije que los abogados no mas están allí para quitarte tu dinero y no están ayudando. ¿Aun quieres seguir siendo representado por tu abogado malo quien no esta disponible? Si sí, entonces te daré tu entrevista en 3 semanas y ¡te sentaras en esta cárcel de deportación por 3 semanas más!”. El detenido se desespera y no entiende el proceso y muchas veces se pone de acuerdo de hacer la entrevista sin la representación de su abogado por teléfono y da su testimonio en ese momento para evitar pasando más tiempo en la cárcel de deportación. Esto solamente es otro ejemplo del ¡abuso cometido por oficiales de deportación que sabotean los derechos de los detenidos!
 

Encima de estos 3 problemas, cuando el abogado de inmigración intenta de comunicarse con oficiales de deportación, ellos con frecuencia ignoran las llamadas del abogado, fallan de regresar llamadas, ignoran faxes que se mandan a ellos por los abogados y ellos siguen diciéndole a los detenidos que ellos “no tienen abogado” aunque es una mentira. A veces esto pasa cuando el oficial de inmigración se niega aceptar la forma “G-28” (forma de representación de abogado) del abogado sin la firma original del detenido cuando es obvio que esa firma no se puede obtener – esto es otra manera que los oficiales sabotean la representación legal del detenido. Una firma de un pariente del detenido quien contrato al abogado debe de ser suficiente cuando es obvio que el detenido da autorización de tal representación – sin embargo algunos oficiales abusivos insisten tener la firma “original” esto quiere decir que la forma debe de ser enviada al centro de detención del detenido y el debe de firma la forma y regresarla. Mientras tanto los oficiales preparan al detenido para su deportación, lo hacen que vean al consulado de su país y en cuanto ven al consulado ¡solamente se toma unos pocos días para ponerlos en el avión!

 
Basado en todo esto es importante que el detenido y su familia entiendan las dificultades que se encuentran con oficiales de deportación en la frontera y cooperan con abogados con informándolos a tiempo cuando se les hace su cita de la entrevista creíble aunque el oficial falla en comunicarse con el abogado. También es muy importante que el detenido insista ser representado por un abogado durante la entrevista ¡aunque tendrá que extenderse el tiempo en la cárcel de inmigración! También es importante que el detenido no tenga CONFIANZA con el oficial de deportación cuando el oficial este hablando mal del abogado y el detenido debe de mantener contacto con la oficina del abogado.
 

En la entrevista – si el detenido falla en explicar claramente que él o ella tiene miedo regresar a su país por razones válidas – se les niega la entrevista de miedo creíble y son deportados después de una breve revisión de los resultados por el juez de inmigración quien casi siempre simplemente confirma la determinación negativa de ilegibilidad para asilo hecha por el oficial.
 

Si un detenido es representado por un abogado de inmigración, el detenido estará mejor preparado para su entrevista de miedo creíble y tiene más posibilidades de obtener una decisión favorable por los oficiales de deportación. Aquellos que se les aprueban la entrevista de miedo creíble regularmente los liberan bajo fianza y califican para continuar sus casos con la corte de inmigración en el estado donde viven (el estado donde se dirigían después de cruzar la frontera).
 

¿Qué es lo que pasa cuando un detenido pasa la entrevista de miedo creíble?

Si un detenido pudo ensenar razones legitimas por estar solicitando por asilo y fue claro al oficial de deportación que el detenido no está en los Estados Unidos por razones económicas, el oficial de deportación aprueba los resultados de la entrevista de miedo creíble.
 

Después de eso un oficial de deportación extiende una fianza y/o entrega la aprobación y archiva el caso con la corte de inmigración más cercana del centro de detención. Esto quiere decir que después que el detenido es liberado a su estado donde vive y tendrá que REGRESAR al estado donde fue detenido para presentarse a su cita de corte de inmigración.

 
En esta coyuntura su abogado de inmigración debe de archivar una moción para transferir el caso del estado donde fue detenido al estado donde está viviendo (más comúnmente de Texas o Arizona donde la mayoridad de aquellos que cruzaron la frontera son detenidos). Si la moción para transferir el caso (llamado “Motion for Change of Venue”) no es sometida correctamente por un abogado de inmigración licenciado y si es sometido por un notario, el case no será automáticamente transferido al estado donde el inmigrante vive entonces el inmigrante tendrá que viajar de regreso a Texas, Arizona, o el otro estado donde debe de presentarse para su cita.

¡Si uno falta su cita de corte eso resultaría en una orden de deportación en absentia!

¿Qué pasa si el inmigrante que salió de detención decide en no regresar al estado donde tiene su cita de corte de inmigración?

Hay muchas instancias cuando el inmigrante que fue liberado de una cárcel de inmigración en Arizona o Texas se le “olvida” que necesita presentarse a sus citas de corte de inmigración y por miedo de ser deportado allí mismo en el edificio de corte, o por falta de dinero, por la inconveniencia del viaje, o por mal consejo por un notario que no regrese a corte de inmigración. ¡Este es el peor error que uno puede hacer!


Esto se dirige a una orden de deportación que no tiene fecha de expiración y si usted tiene una orden de deportación y si es parado por un oficial ellos lo deportaran ¡sin darle otra oportunidad para defender su caso!
 
Adicionalmente, será difícil para su nuevo abogado para reabrir su caso en la corte si usted tiene una deportación porque solamente tenía 6 meses para archivar una moción para reabrir en cuanto fue extendida. La mayoridad de personas con órdenes de deportación se esperan años para archivar una moción para reabrir, ¡en ese punto ya es muy tarde!

¿Qué pasa después que un abogado de inmigración traslada el caso al estado donde estoy viviendo?

Si su abogado de inmigración exitosamente trasladado su caso antes de la fecha de su cita, la cita en el estado donde inicialmente fue detenido se cancela y una le envían una nueva cita en el estado donde usted vive.

 
Casos de nuestros clientes típicamente son trasladados de Arizona o Texas a la corte de inmigración de Los Angeles.

 
En este punto le dan una nueva cita y nuestros clientes se presentan junto con nuestros abogados y en esa cita el abogado le dice al juez que el cliente va a aplicar para asilo. Después de esto el juez nos da otra cita para presentar la aplicación de asilo completa con evidencias. Toda la evidencia que usted desea presentar tiene que ser traducida de español a ingles por traductores profesionales.

 
La aplicación de asilo tiene que ser archivado dentro el primer año de haber entrado al país. Si no es archivado dentro el primer año sin buena razón porque se archivó tarde, la aplicación de asilo se considera una aplicación tarde y ¡será rechazada! Por eso es importante cooperar con su abogado y traer sus evidencias con tiempo para apoyar a su aplicación de asilo y se pueda preparar su testimonio con tiempo ¡para archivar la aplicación a tiempo!


Después de archivar su aplicación de asilo, le darán otra cita de corte para hacer su juicio – es cuando usted tendrá que comprobar por medio de su testimonio que usted califica para asilo y que es muy probable que usted será perseguida en su país si usted regresaría.
 

Es importante saber que mientras usted tiene un caso de asilo pendiente con la corte de inmigración usted tiene protección contra deportación, e inmigración no puede arrestarlo y deportarlo por estar en este país ilegalmente. Por eso es buena idea cargar con usted una copia del recibo de su aplicación de asilo o copia de su próxima cita de corte, especialmente cuando este viajando en los Estados Unidos para evitar deportación si oficiales de inmigración lo paran.

 
Peligro en no Tomarse sus Huellas

Si durante el proceso de asilo o cualquier otro caso con la corte de inmigración usted falla de tomarse sus huellas del estado (California Department of Justice) o huellas federales (FBI) o las dos, el juez de inmigración lo ordenara ser deportado y le negara su caso y ni escuchara su testimonio.
 

Al contrario de lo que creen los clientes, es su responsabilidad de tomarse sus huellas y  ¡NO ES LA RESPONSIBILIDAD DE SU ABOGADO DE RECORDARLE QUE VAYA A TOMARSE SUS HUELLAS!

 
Peligro en Olvidarse su cita de Corte y no Presentarse a Corte

¡Tampoco es la responsabilidad de su abogado de recordarle de su cita de corte! En cada cita de corte de inmigración el juez se dirige a usted PERSONALMENTE y le requiere a USTED que se presente a la próxima cita y le advierte a USTED que si USTED no se presenta a su corte ¡le resultara en una orden de deportación!

 

Así que si usted no se presenta a su cita de corte de inmigración, usted será deportado ¡aunque se presente su abogado! Por otra parte, si su abogado no se presentar, por cualquier razón, pero usted si se presentó – usted NO será deportado y el juez le dará una continuación.

 
Permisos de Trabajo para Solicitantes de Asilo

El sistema para aprobaciones de permisos de trabajo para los que aplicaron para asilo, no es fácil de entender y es diseñado así para prevenir solicitantes de asilo que solo apliquen para obtener un permiso de trabajo. Por lo tanto hay muchas limitaciones en cómo obtener ese permiso de trabajo.
 

Primeramente, basado en la reglas, usted no puede obtener su permiso de trabajo automáticamente simplemente porque usted solicito asilo. Como va a sobrevivir sin poder trabajar legalmente y sin tener un permiso de trabajo – AL GOBIERNO NO LE IMPORTA. Ellos mismos le dicen que no trabaje ilegalmente, pero al mismo tiempo no le dan un permiso de trabajo dentro un plazo razonable después de haber entrado a los Estados Unidos. Hay un reloj que cuenta cuantos días ha pasado desde que usted aplico para asilo. En cuanto pasen 180 días usted puede aplicar para un permiso basado en la aplicación de asilo que usted tiene pendiente con la corte, ¡A MENOS QUE usted o su abogado pospuesto su cita de corte! Si usted o su abogado pospuesto su corte, para el reloj y los 180 días no continúan acumulando. Sin embargo, hay varias circunstancias que causan que pare el reloj y eficazmente previene que usted obtenga un permiso de trabajo y muchas veces inmigración lo le explican estas circunstancias.
 

Hay mucha amargura por la situación de permiso de trabajo y aún no ha sido resuelto por inmigración.

¿Qué pasa en la última cita de mi caso de asilo?

En su última cita usted tiene que responder a las preguntar de su abogado, el fiscal de inmigración del gobierno, y el juez de inmigración, sobre su caso – que es lo que le paso a usted en su país que lo obligo venir a los Estados Unidos y que le va a pasar si usted regresaría o es deportado. Nosotros preparamos a nuestros clientes en persona antes de su cita, para que nuestros clientes sepan que se espera, como responder a las preguntas que les van hacer y cómo comportarse en la corte cuando da su testimonio. Si el juez cree que usted tiene bien fundados temores de ser perseguido en su país en cuanto regrese, el juez le aprobara su caso y usted tendrá estatus de asilado que viene siendo lo mismo como siendo un residente permanente de los Estados Unidos y en un año usted va poder aplicar para la residencia.

¿Qué pasa si pierdo mi caso de asilo?

Si el juez niega su caso, su abogado puede apelar el caso dentro 30 días. Apelando su caso le permite quedarse en los Estados Unidos legalmente mientras su apelación está pendiente. Algunos abogados piden la salida voluntaria en vez de archivar apelaciones. A menos que usted si quiere regresar a su país, pidiendo salida voluntaria no provee casi ningún beneficio para usted como solicitante de asilo. Si usted quiere quedarse en los Estados Unidos tiene que apelar con el borde de inmigración. Apelaciones con el borde de inmigración toman alrededor de un año a menos que usted está detenido, y durante ese tiempo que está pendiente su apelación usted está protegida contra una deportación igual como estaba protegido cuando tenía su aplicación de asilo pendiente con la corte de inmigración.

 
SI su apelación con el borde de apelaciones de inmigración es negada usted tiene el derecho de archivar una apelación con la corte Federal – en California la corte Federal se llama el 9º circuito. Archivando esta apelación también le ofrece la protección contra una deportación por más o menos otro año.

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