Abogados de Inmigracion para Asilo Politico en Los Angeles California
¿Porque debería de aplicar para asilo?
Si
usted cruzo la frontera y fue detenido por oficiales de deportación, asilo es
el único beneficio disponible para poder parar su deportación. No hay ninguna
otra forma o aplicación que usted podrá archivar para parar su deportación – ¡solamente
asilo!
Para
ganar un caso de asilo usted tiene que mostrar que el gobierno de su país
estaba acosándolo, buscándolo para persecución o torturado por sus puntos de
vista políticos/membresía en movimientos de oposición o membresía en un grupo
social que ha sido victima de persecución del gobierno, como a los homosexuales
o minorías indígenas o membresía en un grupo religioso perseguido.
Aunque
la mayoridad de inmigrantes ilegales de El Salvador, Guatemala, Honduras o
México puede mostrar que han sido victimas de un tipo de violencia en sus
países, por lo general ellos son incapaces de comprobar que esa violencia fue
infligida por el gobierno de su país basado en sus puntos de vista políticos,
grupo social o membresía religiosa. La mayoridad de alicantes de El Salvador,
Guatemala, México, Honduras y otros países latinoamericanos reclaman ser
victimas de crímenes violentos y extorción por pandillas, o victimas de
violencia domestica que no puede ayudarles ganar casos de asilo. En otras
palabras, no hay asilo para victimas de crimen, solamente hay asilo para
víctimas de persecución política.
Sin
embargo, un caso de asilo aun es el único caso que se puede aplicar para parar
una deportación así que no tienen ninguna otra opción más que solicitar asilo.
¿Como puedo parar una deportación aplicando por asilo, a pesar del
abuso de mis derechos por oficiales de deportación?
Primeramente,
¡es importante que no firme su propia deportación! Desafortunadamente hay
muchos oficiales de deportación malos que abusan los derechos de personas
detenidas usando intimidación para hacerlos firmar sus deportaciones.
Típicamente,
oficiales de deportación dicen al detenido que si el/ella no firman el
documento que dice que ellos desean regresar a su país voluntariamente, ellos
tendrán que esperar su próxima cita en la cárcel por muchos meses y que
contratando un abogado de inmigración es una pérdida de dinero porque serán
deportados de todas maneras. Es importante que sepan personas detenidas que
ellos tienen derecho de contratar un abogado de inmigración y que ellos
tienen derecho de no obedecer las instrucciones abusivas de oficiales de
deportación. Detenidos siempre deben de insistir en obtener su día en corte
de inmigración y ver un juez de inmigración.
¿Cómo funciona el proceso de la
entrevista creíble? ¿De cual manera los oficiales de deportación abusan los
derechos de los detenidos durante este proceso? ¿Como puede el detenido
resistir el abuso de los oficiales de deportación?
Hay un
proceso llamado, “procedimientos de miedo creíble” para inmigrantes ilegales
detenidos después de cruzar la frontera. Antes que un detenido pueda ser
liberado bajo fianza para continuar con su caso de asilo en la corte de
inmigración, el detenido debe de pasar por una entrevista para explicar porque
el o ella tiene miedo regresar a su país. Este es el primer paso para solicitar
el asilo en los Estados Unidos. En cuanto un detenido pida por su entrevista de
miedo creíble, el proceso de deportación se congela hasta que se obtengan los
resultados de la entrevista de miedo creíble.
En este
punto, es importante consultar con un abogado para aprender las reglas y
requisitos para asilo. Aunque el abogado del inmigrante prósperamente solicita una
entrevista de miedo creíble y después que le den la fecha de la cita, algunos
oficiales de deportación abusivos continúan intentando de sabotear el proceso
de entrevista con llamar a la oficina del abogado sin previo aviso para
que el abogado sea disponible inmediatamente para representación por teléfono.
En muchas ocasiones el abogado puede estar en corte y no estará disponible
inmediatamente – ya que no se dio aviso previo de esta entrevista creíble y fue
hecho así por el oficial de deportación al propósito. Cuando el abogado no esta
disponible el oficial le dice al detenido: “Ya ves – tu abogado no esta
disponible – yo te dije que los abogados no mas están allí para quitarte tu
dinero y no están ayudando. ¿Aun quieres seguir siendo representado por tu
abogado malo quien no esta disponible? Si sí, entonces te daré tu entrevista en
3 semanas y ¡te sentaras en esta cárcel de deportación por 3 semanas más!”. El
detenido se desespera y no entiende el proceso y muchas veces se pone de
acuerdo de hacer la entrevista sin la representación de su abogado por teléfono
y da su testimonio en ese momento para evitar pasando más tiempo en la cárcel
de deportación. Esto solamente es otro ejemplo del ¡abuso cometido por
oficiales de deportación que sabotean los derechos de los detenidos!
Encima
de estos 3 problemas, cuando el abogado de inmigración intenta de comunicarse
con oficiales de deportación, ellos con frecuencia ignoran las llamadas del
abogado, fallan de regresar llamadas, ignoran faxes que se mandan a ellos por
los abogados y ellos siguen diciéndole a los detenidos que ellos “no tienen
abogado” aunque es una mentira. A veces esto pasa cuando el oficial de
inmigración se niega aceptar la forma “G-28” (forma de representación de
abogado) del abogado sin la firma original del detenido cuando es obvio que esa
firma no se puede obtener – esto es otra manera que los oficiales sabotean la
representación legal del detenido. Una firma de un pariente del detenido
quien contrato al abogado debe de ser suficiente cuando es obvio que el detenido
da autorización de tal representación – sin embargo algunos oficiales abusivos
insisten tener la firma “original” esto quiere decir que la forma debe de ser
enviada al centro de detención del detenido y el debe de firma la forma y
regresarla. Mientras tanto los oficiales preparan al detenido para su deportación,
lo hacen que vean al consulado de su país y en cuanto ven al consulado ¡solamente
se toma unos pocos días para ponerlos en el avión!
Basado
en todo esto es importante que el detenido y su familia entiendan las
dificultades que se encuentran con oficiales de deportación en la frontera y
cooperan con abogados con informándolos a tiempo cuando se les hace su cita de
la entrevista creíble aunque el oficial falla en comunicarse con el abogado.
También es muy importante que el detenido insista ser representado por un
abogado durante la entrevista ¡aunque tendrá que extenderse el tiempo en la
cárcel de inmigración! También es importante que el detenido no tenga CONFIANZA
con el oficial de deportación cuando el oficial este hablando mal del abogado y
el detenido debe de mantener contacto con la oficina del abogado.
En la
entrevista – si el detenido falla en explicar claramente que él o ella tiene
miedo regresar a su país por razones válidas – se les niega la entrevista de
miedo creíble y son deportados después de una breve revisión de los resultados
por el juez de inmigración quien casi siempre simplemente confirma la
determinación negativa de ilegibilidad para asilo hecha por el oficial.
Si un
detenido es representado por un abogado de inmigración, el detenido estará
mejor preparado para su entrevista de miedo creíble y tiene más posibilidades
de obtener una decisión favorable por los oficiales de deportación. Aquellos
que se les aprueban la entrevista de miedo creíble regularmente los liberan
bajo fianza y califican para continuar sus casos con la corte de inmigración en
el estado donde viven (el estado donde se dirigían después de cruzar la
frontera).
¿Qué es lo que pasa cuando un detenido pasa la entrevista de miedo creíble?
Si un
detenido pudo ensenar razones legitimas por estar solicitando por asilo y fue
claro al oficial de deportación que el detenido no está en los Estados Unidos
por razones económicas, el oficial de deportación aprueba los resultados de la
entrevista de miedo creíble.
Después
de eso un oficial de deportación extiende una fianza y/o entrega la aprobación
y archiva el caso con la corte de inmigración más cercana del centro de
detención. Esto quiere decir que después que el detenido es liberado a su
estado donde vive y tendrá que REGRESAR al estado donde fue detenido para
presentarse a su cita de corte de inmigración.
En esta
coyuntura su abogado de inmigración debe de archivar una moción para transferir
el caso del estado donde fue detenido al estado donde está viviendo (más
comúnmente de Texas o Arizona donde la mayoridad de aquellos que cruzaron la
frontera son detenidos). Si la moción para transferir el caso (llamado “Motion
for Change of Venue”) no es sometida correctamente por un abogado de
inmigración licenciado y si es sometido por un notario, el case no será
automáticamente transferido al estado donde el inmigrante vive entonces el
inmigrante tendrá que viajar de regreso a Texas, Arizona, o el otro estado
donde debe de presentarse para su cita.
¡Si uno
falta su cita de corte eso resultaría en una orden de deportación en absentia!
¿Qué pasa si el inmigrante que salió de detención decide en no regresar al
estado donde tiene su cita de corte de inmigración?
Hay
muchas instancias cuando el inmigrante que fue liberado de una cárcel de
inmigración en Arizona o Texas se le “olvida” que necesita presentarse a sus
citas de corte de inmigración y por miedo de ser deportado allí mismo en el
edificio de corte, o por falta de dinero, por la inconveniencia del viaje, o
por mal consejo por un notario que no regrese a corte de inmigración. ¡Este es
el peor error que uno puede hacer!
Esto se
dirige a una orden de deportación que no tiene fecha de expiración y si usted
tiene una orden de deportación y si es parado por un oficial ellos lo
deportaran ¡sin darle otra oportunidad para defender su caso!
Adicionalmente, será difícil para su nuevo abogado para reabrir su caso en la corte si usted tiene una deportación porque solamente tenía 6 meses para archivar una moción para reabrir en cuanto fue extendida. La mayoridad de personas con órdenes de deportación se esperan años para archivar una moción para reabrir, ¡en ese punto ya es muy tarde!
¿Qué pasa después que un abogado de inmigración traslada el caso al estado
donde estoy viviendo?
Si su
abogado de inmigración exitosamente trasladado su caso antes de la fecha de su
cita, la cita en el estado donde inicialmente fue detenido se cancela y una le
envían una nueva cita en el estado donde usted vive.
Casos
de nuestros clientes típicamente son trasladados de Arizona o Texas a la corte
de inmigración de Los Angeles.
En este
punto le dan una nueva cita y nuestros clientes se presentan junto con nuestros
abogados y en esa cita el abogado le dice al juez que el cliente va a aplicar
para asilo. Después de esto el juez nos da otra cita para presentar la
aplicación de asilo completa con evidencias. Toda la evidencia que usted desea
presentar tiene que ser traducida de español a ingles por traductores profesionales.
La
aplicación de asilo tiene que ser archivado dentro el primer año de haber
entrado al país. Si no es archivado dentro el primer año sin buena razón porque
se archivó tarde, la aplicación de asilo se considera una aplicación tarde y
¡será rechazada! Por eso es importante cooperar con su abogado y traer sus
evidencias con tiempo para apoyar a su aplicación de asilo y se pueda preparar
su testimonio con tiempo ¡para archivar la aplicación a tiempo!
Después
de archivar su aplicación de asilo, le darán otra cita de corte para hacer su
juicio – es cuando usted tendrá que comprobar por medio de su testimonio que
usted califica para asilo y que es muy probable que usted será perseguida en su
país si usted regresaría.
Es
importante saber que mientras usted tiene un caso de asilo pendiente con la
corte de inmigración usted tiene protección contra deportación, e inmigración
no puede arrestarlo y deportarlo por estar en este país ilegalmente. Por eso es
buena idea cargar con usted una copia del recibo de su aplicación de asilo o
copia de su próxima cita de corte, especialmente cuando este viajando en los
Estados Unidos para evitar deportación si oficiales de inmigración lo paran.
Peligro en no Tomarse sus
Huellas
Si
durante el proceso de asilo o cualquier otro caso con la corte de inmigración
usted falla de tomarse sus huellas del estado (California Department of
Justice) o huellas federales (FBI) o las dos, el juez de inmigración lo
ordenara ser deportado y le negara su caso y ni escuchara su testimonio.
Al
contrario de lo que creen los clientes, es su responsabilidad de tomarse sus
huellas y ¡NO ES LA RESPONSIBILIDAD DE
SU ABOGADO DE RECORDARLE QUE VAYA A TOMARSE SUS HUELLAS!
¡Tampoco
es la responsabilidad de su abogado de recordarle de su cita de corte! En cada
cita de corte de inmigración el juez se dirige a usted PERSONALMENTE y le
requiere a USTED que se presente a la próxima cita y le advierte a USTED que si
USTED no se presenta a su corte ¡le resultara en una orden de deportación!
Así que
si usted no se presenta a su cita de corte de inmigración, usted será deportado
¡aunque se presente su abogado! Por otra parte, si su abogado no se presentar,
por cualquier razón, pero usted si se presentó – usted NO será deportado y el
juez le dará una continuación.
Permisos de Trabajo para
Solicitantes de Asilo
El
sistema para aprobaciones de permisos de trabajo para los que aplicaron para
asilo, no es fácil de entender y es diseñado así para prevenir solicitantes de
asilo que solo apliquen para obtener un permiso de trabajo. Por lo tanto hay
muchas limitaciones en cómo obtener ese permiso de trabajo.
Primeramente,
basado en la reglas, usted no puede obtener su permiso de trabajo automáticamente
simplemente porque usted solicito asilo. Como va a sobrevivir sin poder
trabajar legalmente y sin tener un permiso de trabajo – AL GOBIERNO NO LE
IMPORTA. Ellos mismos le dicen que no trabaje ilegalmente, pero al mismo
tiempo no le dan un permiso de trabajo dentro un plazo razonable después de
haber entrado a los Estados Unidos. Hay un reloj que cuenta cuantos días ha
pasado desde que usted aplico para asilo. En cuanto pasen 180 días usted puede
aplicar para un permiso basado en la aplicación de asilo que usted tiene pendiente
con la corte, ¡A MENOS QUE usted o su abogado pospuesto su cita de corte! Si
usted o su abogado pospuesto su corte, para el reloj y los 180 días no
continúan acumulando. Sin embargo, hay varias circunstancias que causan que
pare el reloj y eficazmente previene que usted obtenga un permiso de trabajo y
muchas veces inmigración lo le explican estas circunstancias.
Hay
mucha amargura por la situación de permiso de trabajo y aún no ha sido resuelto
por inmigración.
¿Qué pasa en la última cita de
mi caso de asilo?
En su última
cita usted tiene que responder a las preguntar de su abogado, el fiscal de
inmigración del gobierno, y el juez de inmigración, sobre su caso – que es lo
que le paso a usted en su país que lo obligo venir a los Estados Unidos y que
le va a pasar si usted regresaría o es deportado. Nosotros preparamos a
nuestros clientes en persona antes de su cita, para que nuestros clientes sepan
que se espera, como responder a las preguntas que les van hacer y cómo comportarse
en la corte cuando da su testimonio. Si el juez cree que usted tiene bien
fundados temores de ser perseguido en su país en cuanto regrese, el juez le
aprobara su caso y usted tendrá estatus de asilado que viene siendo lo mismo
como siendo un residente permanente de los Estados Unidos y en un año usted va
poder aplicar para la residencia.
¿Qué pasa si pierdo mi caso de
asilo?
Si el
juez niega su caso, su abogado puede apelar el caso dentro 30 días. Apelando su
caso le permite quedarse en los Estados Unidos legalmente mientras su apelación
está pendiente. Algunos abogados piden la salida voluntaria en vez de archivar
apelaciones. A menos que usted si quiere regresar a su país, pidiendo salida
voluntaria no provee casi ningún beneficio para usted como solicitante de
asilo. Si usted quiere quedarse en los Estados Unidos tiene que apelar con el
borde de inmigración. Apelaciones con el borde de inmigración toman alrededor
de un año a menos que usted está detenido, y durante ese tiempo que está
pendiente su apelación usted está protegida contra una deportación igual como
estaba protegido cuando tenía su aplicación de asilo pendiente con la corte de
inmigración.
SI su
apelación con el borde de apelaciones de inmigración es negada usted tiene el
derecho de archivar una apelación con la corte Federal – en California la corte
Federal se llama el 9º circuito. Archivando esta apelación también le ofrece la
protección contra una deportación por más o menos otro año.
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