El
20 de Noviembre 2014, El Presidente Obama anuncio una serie de acciones
ejecutivas que afectara a millones de personas indocumentadas en los Estados
Unidos. Si usted cae bajo una de las siguientes categorías, entonces califica
para el alivio migratorio de obama.
1.
Si usted entro a los Estados Unidos en o antes del 01
de Enero de 2010 y tiene un hijo(a) Ciudadano Estadounidense o residente
permanente legal, de cualquier edad, nacido en o antes del 20 de Noviembre de
2014, entonces califica para la Acción Diferida para la Responsabilidad
Parental.
2.
Si usted entró a los Estados Unidos en o antes del 01
de Enero de 2010, antes de cumplir 16 años de edad, usted puede ahora calificar
para acción diferida de entradas de infancia (DACA), independientemente de cuándo
usted nació.
3.
Si usted entro ilegalmente a los Estados Unidos y eres
el beneficiario de una petición aprobada I-130 Petición para Familiar Extranjero,
usted puede calificar para una exención de su inadmisibilidad si usted es el
cónyuge, hijo o hija de un residente permanente legal o Ciudadano Americano.
Si
usted cae en alguna de las tres categorías, por favor comuníquese con nuestra
oficina y programe una consulta, para poder comprender más cabalmente qué
formas de alivio puedan estar disponibles para usted.
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